Comisión de Interpretación y Reglamento
Registro aspirantes a integrar Áreas y Comisiones
La inscripción al registro de aspirantes para formar parte de áreas y comisiones se encuentra abierta y disponible.
Autoridades
Miembros permanentes
Yanina Jimena ACQUESTA CASELLAS, Adrian Emanuel ANDIA, Federico AYLLON, Mercedes BERRI, Gustavo Alberto BILARDO, Ayelén Sofía BORDIGONI, Adolfo BROOK, Andrea Lujan CHIODI, Marcelo DAVID, Christian Javier ESPOSITO, María Victoria GISVERT, Fernando Nahuel LOPEZ VARA, Mauro Ezequiel MACIEL, Rocío MACIEL, Deolindo MENA, Carlos Javier ONTIVERO, Bettania PIRAGINE OLIVIERI, María Paula PROVENZANO GERACE, Lautaro Martín RAMIREZ, Ignacio RECONDO, Franco RIBONE, Jimena Yoana RUIZ DIAZ, Fernando VALENTE, Lucía VAZQUEZ, Martín Javier Félix VILLENA VALENTI, Marina ZALAZAR.
Miembros participantes
María José ANGULO, Yanina Martha BENVENUTO, JUANA CARDASZ, ROSA CARINA CASTELLI, María Cristina CIANFLONE, Valeria DI IORIO, Sabino Daniel MOSTACCIO, María Marta ORTOLANI.
Dando cumplimiento a lo reglamentado por los Arts. 19 inc.1, 2 y 3, y 24 de la ley 5177, los Colegios de Abogados Departamentales tienen entre sus funciones el gobierno de la matrícula de los/las abogados/das y de los/las procuradores/procuradoras, el poder disciplinario sobre los/las abogados/das y procuradores que actúen en su Departamento, para fiscalizar el correcto ejercicio de la función de abogado/da y el buen decoro profesional.-
De acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 31 y 42 inc.14 de la ley 5177, y lo prescripto en el Art. 49 del Reglamento de Funcionamiento de los Colegios Departamentales es obligación del Consejo Directivo disponer la iniciación de los trámites disciplinarios y su debida tramitación.-
En virtud de ello, en el marco de estas tareas asignadas a dicho Cuerpo Colegial, y para todas aquellas cuestiones vinculadas con temas disciplinarios que resultan de competencia del Consejo Directivo, se ha encomendado a la Comisión de Interpretación y Reglamento, aconsejar en todo lo atinente a la tramitación de las denuncias contra los/las abogados/das, en los recursos de reposición previstos en la ley y cualquier otra cuestión relacionada con el orden ético-disciplinario.-