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El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires cuestiona la utilización del Decreto de Necesidad y Urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para los ciudadanos.

El principio basal de la división de poderes, en nuestro sistema de gobierno republicano representativo y federal,debe guiar las funciones de los mismos en el marco de nuestra Constitución Nacional y oficiar como límite inquebrantable a la posibilidad de cualquier tipo de avasallamiento de facultades propias de otro poder del Estado.

La herramienta que la Carta Magna le otorga al Poder Ejecutivo mediante la utilización de los  DNU, jamás debe perder su carácter restrictivo y respetar la imposición de  autolimitación a fin de no forzar  mediante la inobservancia de dicha regla  una  crisis del sistema democrático y un   debilitamiento de las bases de la República.

Sumado a ello, el débil sistema de control impuesto por la Ley 26.122, ha de alertarnos para propiciar un pronunciamiento que cuestione la vulneración de los principios fundamentales de nuestro sistema de gobierno, toda vez que implica una deformación de la cláusula constitucional expresada en el artículo 99, inciso tercero.

Desde el advenimiento de la democracia y a través de los años, en menor o mayor medida, independientemente de cualquier posicionamiento político, todos los gobiernos han avanzado en el uso indebido de esta herramienta que lesiona el sistema y atenta contra cualquier diseño constitucional.

En este orden de ideas y con la firme convicción de velar por el respeto a la Constitución Nacional, seguiremos exigiendo a las autoridades, defendiendo los derechos y garantías de nuestra sociedad toda y las incumbencias profesionales de los hombres y mujeres del derecho, ratificando que la abogacía es parte esencial del sistema de justicia y por lo tanto promotora de la paz social.

COLPROBA, 27 DE DICIEMBRE DE 2023.

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